Reivindicaciones al nuevo gobierno
Tras la constitución del nuevo Gobierno, DOWN ESPAÑA trabajará durante esta legislatura en varias áreas de acción prioritaria para las 34.000 personas con síndrome de Down de nuestro país.
Algunas de estas reivindicaciones han sido también recogidas en el informe del Comité de seguimiento de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. España ha sido el primer país en presentar su informe teniendo como resultado una serie de observaciones finales del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. A continuación exponemos las reivindicaciones de DOWN ESPAÑA y las valoraciones que ha hecho el Comité sobre ese tema concreto.
Atención temprana
Es preciso avanzar en diferentes niveles de coordinación entre las entidades e instancias de las Administraciones para garantizar una eficiencia satisfactoria en la cobertura de los servicios de Atención Temprana. Los niños pueden ser objeto de intervención desde Sanidad, Servicios Sociales y/o Educación al mismo tiempo. Se deben incluir los servicios de Atención Temprana centrándonos en el niño y su familia, de forma independiente a la organización administrativa incluyendo la extensión de las intervenciones a la población inmigrante, así como a la residente en el medio rural, a través de la legislación de atención socio-sanitaria. A pesar de que las Comunidades Autónomas tienen asumidas las competencias en el ámbito de la Atención Temprana, se puede establecer una exigencia de su puesta en marcha a través de los mínimos de atención socio-sanitaria.
Aborto e interrupción voluntaria del embarazo
La actual legislación (LO, de 4 de marzo de 2010, de Salud Sexual y Reproductiva) contempla un supuesto discriminatorio en el caso de “graves anomalías en el feto” (Art. 15.b). Este supuesto implica “de facto” una discriminación por motivo de discapacidad, ya que en el caso en que la detección prenatal diagnostique una posible discapacidad, la mujer dispone de un plazo hasta la 22ª semana para abortar. Cualquier legislación que admita el aborto eugenésico –el que se practica para evitar el nacimiento de un niño o niña con discapacidad- es discriminatoria desde una perspectiva exigente de derechos humanos y discapacidad, consagrada como norma jurídicamente vinculante en los planos nacional e internacional por la Convención Internacional de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Demandaremos que se modifique y se establezca un supuesto no discriminatorio (ley de plazos o anulación de este supuesto) para que se cumpla así la legislación vigente (CIDPD).
Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas sobre este tema:
El Comité recomienda al Estado parte (España) que suprima la distinción hecha en la Ley Nº 2/2010 del 3 de marzo de 2010 en cuanto al plazo dentro del cual la ley permite que se interrumpa un embarazo por motivos de discapacidad exclusivamente.
Educación
DOWN ESPAÑA defiende la escolarización de los niños con discapacidad en los Centros Ordinarios de Enseñanza. La intensidad, gravedad o necesidades de apoyo del alumno con discapacidad no puede definir la calidad o normalidad de la escolarización. Queremos que se establezcan sistemas que permitan la participación de los profesionales especializados de las entidades no lucrativas de autoayuda y soporte a las familias como apoyo para el éxito de la educación inclusiva, mediante planes concretos de orientación y respaldo a padres, profesores y alumnos para lo cual propone:
• Apoyar en el aula a los alumnos con especiales necesidades de apoyo, constituyendo un recurso de calidad.
• Prestar apoyos de calidad a la función pública facilitando su tarea, evitando frustraciones y rechazo hacía los alumnos con necesidades educativas especiales.
• Programar cada año la financiación del servicio, en función del número de alumnos y su ubicación.
• Proponemos también como alternativa la creación de Equipos Provinciales especializados en síndrome de Down, integrados por funcionarios, pero coordinados y controlados por las entidades especializadas en la atención a este colectivo.
Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas sobre este tema:
El Comité recomienda al Estado parte (España) que redoble sus esfuerzos por proporcionar a los alumnos un acomodo razonable en la educación, asignando recursos financieros y humanos suficientes para aplicar el derecho a la educación integradora, prestando especial atención a la evaluación de la disponibilidad de profesores con calificaciones especializadas y velando por que los departamentos de educación de las Comunidades Autónomas comprendan las obligaciones que les impone el Convenio y actúen de conformidad con las disposiciones de este. Que se vele porque las decisiones de colocar a los niños con discapacidad en escuelas especiales o en clases especiales, o para ofrecerles un plan de estudios reducido, se adopten en consulta con los padres; que se vele porque los padres de niños con discapacidad no estén obligados a pagar por la educación o por las medidas encaminadas a proporcionar a los alumnos un acomodo razonable en las escuelas tradicionales; que se vele porque las decisiones sobre la colocación de los niños en marcos segregados puedan ser objeto de apelación rápida y eficazmente.
Regulación del Empleo con Apoyo
Nuestro objetivo en esta área será mejorar el sistema de homologación y la financiación económica de estos servicios tanto en su faceta formativa (preparación para el puesto), como en su carácter de sistema de promoción de la inserción laboral (al estilo de los incentivos y ayudas de los que gozan otros sistemas de empleo protegido) a través de una revisión del actual Real Decreto. El Empleo con Apoyo está demostrando ser una estrategia muy eficaz para la integración de las personas con discapacidad intelectual en el ámbito laboral, con altos niveles de satisfacción para todos los agentes implicados en ellas: empleados, empleadores, preparadores, etc. Más del 50% de los usuarios de los servicios de empleo con apoyo son personas con discapacidad intelectual.
Sin embargo, para su correcto funcionamiento, precisa de la intervención de diferentes actores en el contexto empresarial. Son estrategias de intervención individualizadas y de larga duración, cuyo soporte legal y financiero es en la actualidad muy inestable. Ello propicia un desarrollo desigual en el tiempo y en el territorio, así como que se potencien los sistemas habituales clásicos de empleo protegido (Centros Especiales de Empleo, enclaves,..) más costosos y menos eficaces, pero con una red ya constituida. Es necesario aportar más equilibrio a las diferentes vías de inserción laboral.
Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas sobre este tema:
Pese a la existencia de una serie de disposiciones destinadas a mantener empleadas a las personas con discapacidad, el Comité está inquieto por la baja tasa general de empleo de las personas con discapacidad y recomienda al Estado parte (España) que elabore programas abiertos y avanzados para aumentar las oportunidades de empleo de las mujeres y los hombres con discapacidad.
Dependencia: Servicios de Promoción de la Autonomía Personal
Impulsaremos la creación de Servicios de Promoción de la Autonomía Personal para personas con discapacidad, unos servicios relacionados directamente con la prevención de la dependencia, pero que aún no han sido concretados (salvo en el Grado 1). Estos servicios deben desarrollarse desde el nacimiento y durante toda la vida de las personas con discapacidad intelectual. Potenciaremos las actividades de las asociaciones y fundaciones del sector, con los medios públicos y los apoyos necesarios, con criterios y exigencias de universalidad, calidad y equilibrio interterritorial, en las tareas de integración escolar, formación profesional, acceso al trabajo tan ordinario y normalizado como sea posible, fomento de la vida autónoma, el ocio y el pleno uso de los servicios públicos ordinarios, en igualdad de derechos y deberes con sus conciudadanos. Siempre que sea posible, la mejor estrategia de ayuda para las personas con discapacidad en vías de integración social es enseñarles y permitirles utilizar los medios y servicios colectivos, con la menor medida posible de apoyos individualizados, fuera del marco familiar.
Durante la infancia, la adolescencia y la primera parte de su vida adulta, la mayoría de las personas con discapacidad intelectual precisan sobre todo de educación, aprendizaje de la cultura de su entorno, y formación para la adquisición de habilidades laborales y de autonomía social, encaminadas a su más eficaz integración o inclusión en la sociedad, como personas activas y tan autónomas e independientes como sea posible. Es preferible que reciban ayudas para enseñarles a hacer las cosas por sí mismos, que estén diseñadas para ser progresivamente retiradas y que no generen dependencia. La obtención de autonomía, resultado de tales ayudas, no exime de seguirlas prestando, sino que justifica su mantenimiento, para la realización de nuevas tareas.
Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas sobre este tema:
El Comité recomienda al Estado parte (España) que revise las leyes que regulan la guarda y la tutela y que tome medidas para adoptar leyes y políticas por las que se reemplacen los regímenes de sustitución en la adopción de decisiones por una asistencia para la toma de decisiones que respete la autonomía, la voluntad y las preferencias de la persona. Se recomienda, además, que se proporcione formación sobre esta cuestión a todos los funcionarios públicos y otros interesados pertinentes. El Comité alienta al Estado parte (España) a que vele por que se proporcione una financiación adecuada para que las personas con discapacidad puedan, de forma efectiva, disfrutar de la libertad de elegir su residencia en pie de igualdad con los demás, tener acceso a toda una serie de servicios comunitarios en su domicilio o en residencias y a otros servicios para la vida cotidiana, incluida la asistencia personal, y disfrutar así de un ajuste razonable a fin de integrarse mejor en sus comunidades.
Vivienda
Solicitamos un sistema de acceso a una vivienda (compartida, de aprendizaje, de tutela mínima, etc,..) que satisfaga la demanda y la necesidad de vivienda derivada de circunstancias especiales del colectivo de personas con síndrome de Down. Promover estas medidas pasa por comprender el carácter integral y multidimensional de la accesibilidad, constituyéndose como aquellas medidas dirigidas a garantizar la participación igualitaria, con apoyos, cualesquiera que sea su naturaleza, de todas las personas con discapacidad. El concepto legal de accesibilidad actual perjudica claramente a las personas con discapacidad intelectual y/o síndrome de Down que quieren acceder a una vivienda.
Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas sobre este tema:
Preocupa al Comité la falta de recursos y de servicios que garanticen el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, en particular en las zonas rurales. Le inquieta además que la elección de residencia de las personas con discapacidad se vea limitada por la disponibilidad de los servicios necesarios, así como el hecho de que, según se informa, quienes viven en establecimientos residenciales no tienen otra alternativa que ese internamiento.
Envejecimiento Prematuro
Trabajaremos para que se reconozca la especial singularidad del envejecimiento prematuro de las personas con síndrome de Down, y la necesidad de considerar esta situación en las acciones y servicios del IMSERSO y en los programas de atención socio-sanitaria a la tercera edad. Se deben crear sistemas que permitan sostener la aparición de signos de deterioro, mantener la autonomía personal y el máximo grado de independencia, y garantizar la integración de estas personas en su entorno, así como una red de atención psiquiátrica especializada para el colectivo de personas con discapacidad intelectual (centros de atención, formación de profesionales especializados,..).
Otras propuestas
Entre otros asuntos también reivindicaremos la necesidad de realizar estudios estadísticos detallados que abarquen el análisis de la población con síndrome de Down, con especial incidencia en los datos de inserción laboral (empleo protegido u ordinario), integración educativa e inmigración, que nos permita diseñar programas, acciones o propuestas a medida y que respondan a sus verdaderas necesidades. En esta misma línea propondremos la creación de un Registro Nacional de nanacimientos de personas con síndrome de Down.
Observaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas sobre este tema:
El Comité lamenta la escasez de datos desglosados sobre las personas con discapacidad y recuerda que esa información es indispensable para comprender la situación, en el Estado parte, (España) de grupos concretos de personas con discapacidad que tengan diferentes grados de vulnerabilidad; para elaborar leyes, políticas y programas adaptados a la situación de esas personas, y para evaluar la aplicación de la Convención. El Comité recomienda al Estado parte (España) que sistematice la recopilación, el análisis y la difusión de datos desglosados por sexo, edad y discapacidad; que desarrolle la capacidad a este respecto, y que prepare indicadores que tengan en cuenta el género para contribuir a la elaboración de disposiciones legislativas, a la formulación de políticas y al reforzamiento institucional a fin de supervisar los progresos realizados en la aplicación de las diversas disposiciones de la Convención y para preparar informes al respecto.