DOWN ESPAÑA pide al Ministerio de Trabajo una regulación eficaz del Empleo con Apoyo en nuestro país
DOWN ESPAÑA envió una carta el pasado mes de abril a Maravillas Espín, Directora General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la RS de las Empresas, con el objetivo de hacerle llegar una propuesta de cambios al próximo Real Decreto por el que se regularán los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
En la misiva firmada por el director gerente de DOWN ESPAÑA, Agustín Matía, se explicaba que “nuestro país es un modelo de éxito en relación al Empleo protegido, pero no lo es así en lo que tiene que ver con la inserción laboral ordinaria. Las consecuencias siguen siendo claras: una minoría de las personas con síndrome de Down siguen desempleadas o ejercen su trabajo en entornos de empleo protegido, muchas veces en condiciones económicas precarias, y lo que es peor, profundizando en sus niveles de dependencia, en vez de dando pasos a su mayor autonomía y normalización”.
Desde DOWN ESPAÑA se pedía un cambio en esta situación y “superar muchas de las presiones fácticas existentes que impiden profundizar en la inserción laboral ordinaria, bajo el falso dilema de que perjudican al empleo protegido”. “Creemos que es un falso debate, -argumentaba el director de la entidad- que sobre todo no pone el foco sobre lo importante: el aumento de la inserción laboral –en condiciones de normalidad y de inclusión- de las personas con discapacidad en nuestro país”.
Por último, se concluía que “se abre ahora una oportunidad única de modificar esta situación a raíz de la próxima publicación del Real Decreto que regula los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, pues en esa norma se podría regular el Empleo con Apoyo tal y como lo solicitamos”.
Lo cierto es que es en nuestro país se ha hecho una escasa utilización del RD 870/2007 como instrumento para vertebrar y consolidar la metodología de Empleo con Apoyo en todas las CCAA. Esto es sin duda una clara evidencia de que se trata de una norma con enormes dificultades para su puesta en práctica, por lo que desde DOWN ESPAÑA queremos aportar una serie de modificaciones que creemos que servirían para impulsar esta metodología con todas las garantías de éxito. Estos son a nuestro juicio los cambios que deberían realizarse:
1.- Realizar una definición adecuada del Empleo con Apoyo, así como de todas las acciones que se realizan por los profesionales de los Servicios de Empleo con Apoyo.
Esta nueva definición estaría basada en la definición adoptada por la EUSE (Unión Europea de Empleo con Apoyo), ratificada por 12 países europeos.
“Se entiende por empleo con apoyo el conjunto de acciones de asesoramiento, orientación y acompañamiento individualizado, dentro y fuera del lugar de trabajo, prestadas por preparadores laborales y profesionales especializados, que tienen por objeto conseguir que la persona con discapacidad encuentre y mantenga un empleo remunerado en empresas del mercado ordinario de trabajo, en las mismas condiciones que el resto de los trabajadores que desempeñan puestos equivalentes.”
2.- Subvencionar las acciones de seguimiento y mantenimiento del puesto de trabajo durante la duración completa del contrato de trabajo, asegurando el apoyo ante cualquier cambio o situación que se produzca en la persona o en la organización de la empresa, que pueda poner en peligro el mantenimiento de ese puesto de trabajo.
Es de vital importancia para un Servicio de Empleo con Apoyo invertir recursos previos en realizar una prospección y una búsqueda de empleo, así como analizar las capacidades laborales del futuro trabajador, para poder realizar un encaje laboral adecuado al apoyo al puesto de trabajo. Se trata de no generar expectativas mal dirigidas ni producir continuas situaciones de fracaso laboral, ya que las personas que precisan estos servicios tienen características de especiales dificultades de inserción.
3.- Incluir en los contratos subvencionables los de 3 meses de duración, dando así oportunidades para poder conseguir contratos posteriores de mayor duración.
4.- Que se puedan subvencionar los contratos con una jornada laboral, a partir de 2 horas de duración, para dar las mismas oportunidades a las personas con mayores necesidades de apoyo, especialmente a personas con TEA.
5.- Que la subvención se otorgue a todos los contratos presentados, independientemente de si una persona ha tenido dos contratos distintos en un mismo año, ya que tanto uno como otro han necesitado de apoyos.
6.- Que se suprima el tiempo límite para la subvención de los contratos, considerando un contrato subvencionable aquel que se encuentre en vigor. Considerándolo de nueva creación el primer año y luego pasando a obtener la subvención por apoyos de mantenimiento.
7.- Que la línea de subvención no esté sujeta a la disponibilidad presupuestaria, para que los Servicios de Empleo con Apoyo puedan comprometerse y garantizar tanto al trabajador como al empresario, el establecimiento o restablecimiento de los apoyos necesarios en el momento que se detecte esta necesidad.
Confiamos que esta propuesta consiga ser parte de las políticas prioritarias del actual Gobierno, mucho más en el contexto de crisis laboral provocada por la pandemia de COVID-19 que puede significar un mazazo en el fomento del empleo para las personas con discapacidad de nuestro país.
DOWN ESPAÑA publica una guía sobre COVID-19 y Empleo con Apoyo
Por otro lado, la Federación lanza una publicación, dirigida a profesionales y a personas con síndrome de Down, para explicar las estrategias y procedimientos adecuados para evitar contagios por coronavirus en el entorno laboral.
Debido a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, DOWN ESPAÑA ha recibido, entre otras, numerosas consultas sobre cómo garantizar la seguridad de los trabajadores con síndrome de Down. Por ello, la Federación publica la nueva «Guía COVID-19. Estrategias y procedimientos de Empleo con apoyo».
Este documento, dirigido a profesionales y a personas con síndrome de Down, pretende dar respuesta a todas las dudas referentes a la prestación de apoyos por parte de los preparadores laborales a trabajadores activos e inactivos en esta etapa de desescalada del confinamiento.
La guía está dividida en una parte técnica, que contiene la información mencionada, y una normativa sobre la legislación laboral en la situación de emergencia del COVID-19.
El primer bloque se centra en la orientación laboral a distancia, el mantenimiento de la empleabilidad y las herramientas de registro de acciones y evidencias de trabajo. Por otro lado, el bloque normativo, exlpica todas las normas que han de tomar los diferentes tipos de empresas con sus empleados. Además, la guía se completa con un anexo dedicado a todas las recomendaciones generales y las dirigidas al entorno laboral que han de tenerse en cuenta.
Para acceder a la guía completa, enlaza aquí: «Guía COVID-19. Estrategias y procedimientos de Empleo con apoyo».