Más ayudas para el cuidado de hijos con enfermedades graves
Las cardiopatías congénitas entre las enfermedades reconocidas por la nueva prestación.
Gracias al Real Decreto 1148/2011, los padres que reduzcan su jornada para cuidar a sus hijos recibirán esta prestación. Entre las 109 enfermedades que se incluyen están algunas que afectan a muchos niños con síndrome de Down, como las cardiopatías.
El Consejo de Ministros ha aprobado una medida de la que podrán beneficiarse numerosas familias, ya que incluye un amplio listado de enfermedades que, además, se podrán actualizar por Orden Ministerial.
Podrán beneficiarse de esta prestación los progenitores biológicos, adoptantes o acogedores siempre que trabajen ambos y uno de ellos reduzca su jornada laboral al menos en un 50%, con el fin de cuidar del menor a su cargo. Cuando ambos tuvieran derecho a la prestación, solamente podrá reconocerse a uno de ellos.
La prestación económica consistirá en un subsidio, de devengo diario, equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal (baja laboral), derivada de contingencias profesionales. El subsidio se calculará en proporción al porcentaje en que se reduzca la jornada laboral realizada.
El objeto de este subsidio es compensar la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores al tener que reducir su jornada, con la consiguiente disminución del salario, por la necesidad de cuidar, de manera directa, continua y permanente, a los hijos o menores a su cargo durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad. La prestación se extinguirá cuando cese la necesidad de dicho cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumpla dieciocho años.
Para acceder a la prestación es necesario estar afiliado y en alta en algún régimen del sistema de la Seguridad Social, además de tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido. La gestión y el pago corresponderán a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o a la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.
Los beneficiarios ya pueden solicitar este subsidio ante estas entidades, mediante un formulario que está disponible en la página web de la Seguridad Social.
Pinche en el siguiente enlace si quiere leer el Real Decreto y el listado de enfermedades.